Se informa que el JUZGADO TERCERO PENAL DEL CIRCUITO DE CARTAGENA, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por LEONARDO RAFAEL DIAZ CORREA, bajo el número de Radicación 2021-00086, ordenó a la CNSC publicar la admisión de la presente acción constitucional dentro del proceso de la Convocatoria No. 1461 de 2020 - DIAN. Lo anterior con el propósito de que los participantes al concurso de méritos, en especial las personas que se encuentran inscritas en el proceso de selección DIAN No. 1461 de 2020 realizado por la CNSC para proveer los empleos vacantes de la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de la DIAN y los terceros interesados, si así lo desean, puedan intervenir y ejerzan su derecho de defensa y contradicción a través del Despacho Judicial.
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escritodetutela_leonardorafaeldiazcorrea.pdf | 2.37 MB |
autoobedezcaseycumplase_leonardorafaeldiazcorrea.pdf | 198.99 KB |
Se informa que el JUZGADO SEGUNDO LABORAL DEL CIRCUITO DE POPAYAN ? CAUCA, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por JUAN PABLO OSORIO SILVA, bajo el número de Radicación 2021-00277, ordenó a la CNSC publicar el fallo proferido en primera instancia dentro de la presente acción constitucional dentro del proceso de la Convocatoria No. 1461 de 2020 - DIAN que declaró improcedentes las pretensiones de la tutela. Lo anterior con el propósito de ENTERAR a todas aquellas personas interesadas en CONVOCATORIA N. 1461 DE 2020, del fallo del presente trámite tutelar, para lo que estimen pertinente.
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sent_tutela_no07620211209.pdf | 733.83 KB |
Se informa que el JUZGADO VEINTICUATRO DE FAMILIA DE BOGOTÁ D.C., en conocimiento de la acción de tutela instaurada por MARIA MAGDALENA GONZALEZ MAURY Y OTRO, bajo el número de Radicación 202100502, ordenó a la CNSC publicar la admisión de la presente acción constitucional dentro del proceso de la Convocatoria No. 1462 a 1492 y 1546 de 2020 Distrito Capital 4. Lo anterior con el propósito de que los participantes en el concurso de méritos y los terceros interesados, si así lo desean, puedan intervenir y ejerzan su derecho de defensa y contradicción a través del Despacho Judicial en el correo flia24bt@cendoj.ramajudicial.gov.co
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maria_magdalena_gonzalez_maury_tras.pdf | 633.36 KB |
maria_magdalena_gonzalez_maury_aut.pdf | 272.48 KB |
Se informa que el JUZGADO SÉPTIMO ADMINISTRATIVO DEL CIRCUITO JUDICIAL DE VALLEDUPAR, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por BLEYIS ELLAS JAYDITH COBO CAMPO, bajo el número de Radicación 202100318, ordenó a la CNSC publicar la admisión de la presente acción constitucional dentro del proceso de la Convocatoria No. 1461 de 2020 - DIAN. Lo anterior con el propósito de que los terceros interesados, si así lo desean, puedan intervenir y ejerzan su derecho de defensa y contradicción a través del Despacho Judicial en el correo jadmin07vup@notificacionesrj.gov.co
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bleyis_ellas_jaydith_cobo_campo_aut.pdf | 628.24 KB |
bleyis_ellas_jaydith_cobo_campo_trasl.pdf | 462.51 KB |
Se informa que el JUZGADO ONCE DE FAMILIA DE ORALIDAD DE BOGOTA, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por IVON DAYANN GIL PEDREROS, bajo el número de Radicación 2021-01084-00, ordenó a la CNSC publicar la admisión de la presente acción constitucional dentro del proceso de la Convocatoria No. 1461 de 2020 - DIAN. Lo anterior con el propósito de que los participantes en el concurso de méritos, en especial todos aquellos concursantes que hayan optado por el concurso de la DIAN 1461 de 2020 al empleo nivel profesional gestor IV, grado 4, código 304 números OPEC 126468, y los terceros interesados, si así lo desean, puedan intervenir y ejerzan su derecho de defensa y contradicción a través del Despacho Judicial.
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escritodetutela_ivondayanngilpedreros.pdf | 5.67 MB |
autoadmisorio_ivondayanngilpedreros.pdf | 90.32 KB |
Se informa que el JUZGADO DOCE PENAL DEL CIRCUITO CON FUNCION DE CONOCIMIENTO DE BOGOTÁ en conocimiento de la Acción de Tutela formulada por HECTOR FABIO ACOSTA GAMEZ dentro de acción de tutela bajo el número de radicación 2021-00325, requirió a la CNSC correr traslado de la presente acción constitucional, dentro del Proceso de Selección DIAN No. 1461 de 2020.
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escritotutela2021-325.pdf | 1.79 MB |
auto_admisorio.pdf | 194.22 KB |
Se informa que el JUZGADO DOCE PENAL DEL CIRCUITO CON FUNCIÓN DE CONOCIMIENTO DE BOGOTA, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por HECTOR FABIO ACOSTA GAMEZ, bajo el número de Radicación 2021-0325-00, ordenó a la CNSC publicar la admisión de la presente acción constitucional dentro del proceso de la Convocatoria No. 1461 de 2020 - DIAN. Lo anterior con el propósito de que los participantes en el concurso de méritos, en especial las personas que se postularon a la convocatoria Proceso de Selección DIAN 1461 de 2020 para el cargo de Gestor II Código 302, grado 2 OPEC-132118 mediante acuerdo No. 0285 septiembre 10 de 2020, y los terceros interesados, si así lo desean, puedan intervenir y ejerzan su derecho de defensa y contradicción a través del Despacho Judicial.
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escritodetutela_hectorfabioacostagamez.pdf | 1.79 MB |
autoadmisorio_hectorfabioacostagamez.pdf | 194.22 KB |
Se informa que el JUZGADO TERCERO PENAL DEL CIRCUITO PARA ADOLESCENTES CON FUNCION DE CONOCIMIENTO DE BOGOTÁ en conocimiento de la Acción de Tutela formulada por LADY BARON JEREZ dentro de acción de tutela bajo el número de radicación 2021-00222, requirió a la CNSC correr traslado de la presente acción constitucional, dentro del Proceso de Selección DIAN No. 1461 de 2020.
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demanda_26_11_2021.pdf | 1.06 MB |
auto_avoca202100222.pdf | 188.98 KB |
Se informa que el JUZGADO VEINTE PENAL DEL CIRCUITO DE CONOCIMIENTO DE BOGOTÁ, D.C, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por GUILLERMO ENRIQUE ARELLANO CASTILLO, bajo el número de Radicación 2021 ? 00205, ordenó a la CNSC publicar la admisión de la presente acción constitucional dentro del proceso de la Convocatoria No. 1461 de 2020 - DIAN. Lo anterior con el propósito con el fin de garantizar que las personas que tengan algún interés en el resultado de la misma puedan participar a efectos de ejercer la defensa de sus intereses.
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tutelaguillermoarellano.pdf | 330.17 KB |
admiteguillermoarellano.pdf | 260.17 KB |
Se informa que el TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BUCARAMANGA, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por JOHN JAIRO COTE SALAZAR, bajo el número de Radicación 68001-34-03-001-2021-00109-01, ordenó a la CNSC publicar el fallo proferido en primera instancia dentro de la presente acción constitucional dentro del proceso de la Convocatoria No. 1461 de 2020 - DIAN que declaró improcedentes las pretensiones de la tutela. Lo anterior con el propósito de ENTERAR a todas aquellas personas interesadas en CONVOCATORIA N. 1461 DE 2020, específicamente a los postulantes para el cargo Gestor III Código: 303 Grado 03 Código Opec No. 126534, del fallo del presente trámite tutelar, para lo que estimen pertinente.
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fallocotesalazar.pdf | 1.03 MB |
Se informa que el Juzgado Noveno Laboral de Cartagena, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por ANA BERTILDA RIBON, bajo el número de Radicación 13-001-31-05-009-2021-00216-00, ordenó a la CNSC publicar la admisión de la presente acción constitucional dentro del proceso de la Convocatoria No. 1461 de 2020 - DIAN. Lo anterior con el propósito de VINCULAR al presente diligenciamiento constitución a todos los concursantes y aspirantes dentro del Proceso de Selección DIAN 1461 de 2020, así como aquellos que tengan interés directo en las resueltas de esas actuaciones, para que en igual termino concedido a la demandada, sirvan pronunciarse sobre los señalamientos efectuados en el escrito de tutela.
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admiteanaribon.pdf | 255.23 KB |
tutelaanaribon.pdf | 834.41 KB |
Se informa que el TRIBUNAL SUPERIOR DE PEREIRA - SALA CIVIL FAMILIA, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por JUAN ANDRES SUAREZ OSPINA, bajo el número de Radicación 2021-00237-01, ordenó mediante Auto de fecha 18 de noviembre de 2021, a la CNSC publicar la admisión, el traslado y el fallo de primera instancia de la presente acción constitucional dentro del proceso de la Convocatoria No. 1461 de 2020 - DIAN. Lo anterior con el propósito de subsanar la nulidad evidenciada, con el fin de que los participantes al concurso de méritos, en especial los participantes admitidos en la convocatoria DIAN No. 1461 de 2020, para el cargo de Gestor I, código 301, número de empleo OPEC 127490 y los terceros interesados, si así lo desean, puedan intervenir y ejerzan su derecho de defensa y contradicción a través del Despacho Judicial, al correo electrónico sscfper@cendoj.ramajudicial.gov.co, para lo cual contaran con el termino de tres (3) días.
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fallodeprimerainstancia_juanandressuarezospina.pdf | 743.74 KB |
Se informa que la Sala Civil Familia del Tribunal Superior de Pereira en conocimiento de la impugnación formulada por JUAN ANDRES SUAREZ OSPINA contra la sentencia proferida por el Juzgado Segundo Civil del Circuito de Pereira dentro de acción de tutela bajo el número de radicación 2021-00237, requirió a la CNSC notificar la presente acción constitucional, dentro del Proceso de Selección DIAN No. 1461 de 2020.
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Se informa que el Juzgado treinta y nueve Penal del Circuito de Conocimiento de Bogotá, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por HERNANDO CASAS QUINTERO, bajo el número de radicación 2021-00256, requirió a la CNSC notificar la presente acción constitucional, dentro del Proceso de Selección DIAN No. 1461 de 2020.
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tribunal_decreta_nulidad.pdf | 154.44 KB |
demanda.pdf | 793.68 KB |
Se informa que el JUZGADO CUARTO PENAL DEL CIRCUITO DE BARRANQUILLA, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por LUIS MIGUEL PATERNINA MONTIEL, bajo el número de Radicación 202100079, ordenó a la CNSC publicar el fallo proferido en primera instancia dentro de la presente acción constitucional dentro del proceso de la Convocatoria No. 1461 de 2020 - DIAN que declaró improcedentes las pretensiones de la tutela. Lo anterior con el propósito de que los terceros interesados, si así lo desean, puedan intervenir y ejerzan su derecho de defensa y contradicción a través del Despacho Judicial en el correo j04pctoconbqlla@cendoj.ramajudicial.gov.co
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luis_miguel_paternina_montiel_falloi.pdf | 1.04 MB |
Se informa que el JUZGADO CUARTO DE FAMILIA DE ORALIDAD DISTRITO JUDICIAL DE CÚCUTA, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por JORGE ELIECER CHONA SANTANDER, bajo el número de Radicación 2021-00493-00, Resolvió: PRIMERO: NEGAR por improcedente la acción de tutela presentada por el señor JORGE ELIECER CHONA SANTANDER por las razones expuestas en la parte motiva de esta providencia. TERCERO: CONMINAR a la Comisión Nacional del Servicio Civil (CNSC) y a la Unidad Administrativa Especial de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) para que, de forma inmediata, a partir de la notificación de la presente sentencia publiquen en sus páginas webs oficiales, el contenido de esta sentencia.
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fallotutela_jorge_eliecer_chona_santander.pdf | 218.21 KB |
Se informa que el JUZGADO PRIMERO PENAL DEL CIRCUITO PARA ADOLESCENTES CON FUNCION DE CONOCIMIENTO DE BARRANQUILLA, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por ROBERTO ANGEL CHAR ROMERO, bajo el número de Radicación 2021-00077-00, ordenó a la CNSC publicar la admisión de la presente acción constitucional dentro del proceso de la Convocatoria No. 1461 de 2020 - DIAN. Lo anterior con el propósito de que los participantes al concurso de méritos, en especial a los ADMITIDOS ?? dentro de la CONVOCATORIA No. 1461 del 2020 - DIAN para el cargo de GESTOR I, perteneciente al nivel PROFESIONAL ? Código 301 Grado 1 OPEC 126723 de la DIAN, y los terceros interesados, si así lo desean, puedan intervenir y ejerzan su derecho de defensa y contradicción a través del Despacho Judicial, en el termino de 48 horas.
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oficioautoadmisorio_nulidad_robertoangelcharromero.pdf | 197.88 KB |
escritodetutela_robertoangelcharromero.pdf | 537.06 KB |
Se informa que el JUZGADO CUARTO DE FAMILIA DE ORALIDAD DISTRITO JUDICIAL DE CÚCUTA, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por JORGE ELIECER CHONA SANTANDER, bajo el número de Radicación 2021-00493, Resolvió: PRIMERO: ADMITIR la acción de tutela instaurada por el profesional en derecho Jorge Eliecer Chona Santander, contra de la Comisión Nacional del Servicio Civil (CNSC), Unión Temporal Merito y Oportunidad 2020 (Formada por la Universidad de Sergio Arboleda y Fundación Universitaria Área Andina) y la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN). TERCERO: VINCULAR en el contradictorio como terceros con interés a los integrantes de la lista de elegibles para el empleo denominado Gestor III, Grado: 3, Código: 303, Número OPEC: 126572, dentro del Proceso de Selección DIAN No. 1461 de 2020, para que ejerzan su derecho a la defensa, para lo cual cuentan con el término de un (1) día, siguiente a la publicación del aviso de los portales web del DIAN y CNSC, para que se pronuncien al respecto, en el correo electrónico jfamcu4@cendoj.ramajudicial.gov.co.
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admitetutela_jorge_eliecer_chona_santander.pdf | 94.74 KB |
tutela_jorge_eliecer_chona_santander.pdf | 396.46 KB |
Se informa que el JUZGADO 27 DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD DE BOGOTÁ, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por ANDREA MARCELA TORRES CASTAÑO, bajo el número de Radicación 2021-00060, Resolvió: se dispone que la Comisión Nacional del Servicio Civil, Ofíciese y comunique de manera inmediata a todos los participantes en el aludido concurso, (1461 de 2020 ? DIAN)para que se pronuncien en torno a los hechos puestos de manifiesto por el accionante, poniéndoles en conocimiento de los términos concedidos para el efecto.
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escritotutela_andrea_marcela_torres_castano.pdf | 666.03 KB |
avocatutela_andrea_marcela_torres_castano.pdf | 488.93 KB |
Se informa que el JUZGADO SEGUNDO LABORAL DEL CIRCUITO DE BUCARAMANGA, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por SANDRA MILENA CAPACHO CASTELLANOS, bajo el número de Radicación 2021-00458-00 , ordenó a la CNSC publicar la admisión de la presente acción constitucional dentro del proceso de la Convocatoria No. 1461 de 2020 - DIAN. Lo anterior con el propósito de que los participantes al concurso de méritos y los terceros interesados, si así lo desean, puedan intervenir y ejerzan su derecho de defensa y contradicción a través del Despacho Judicial.
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escritodetutela_sandramilenacapachocastellanos.pdf | 796.77 KB |
autoadmisorio_sandramilenacapachocastellanos.pdf | 39.08 KB |