624 al 638 - 980 y 981 de 2018 Sector Defensa

Tipo de contenido convocatoria
Fecha de publicación:Jue, 16/03/2023 - 17:32
Cumplimiento publicación admisión de tutela Helena Pérez

Se informa que el JUZGADO ONCE DE FAMILIA DE ORALIDAD DE CALI, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por HELENA DAHIANA PEREZ MORALES, con radicado número 76001311001120230012600, Resolvió: ORDENAR al Presidente de la Comisión Nacional del Servicio Civil, PUBLICAR de manera inmediata en la página Web de la CNSC, la solicitud de amparo y la presente providencia, con la finalidad de dar a conocer su existencia y tramite, frente a los integrantes Concurso convocatoria No. 630 del 2018 de la Comisión Nacional del Servicio Civil – para el cargo OPEC No. 79164 nivel asistencial Auxiliar para apoyo de seguridad y defensa Código 6-1 Grado 25 en la página SIMO de la CNSC, quienes podrían verse afectados con la decisión.

Fecha de publicación:Jue, 09/02/2023 - 15:33
Cumplimiento publicación admisión tutela Jesús Edwar Ramírez Bonilla

Se informa que el JUZGADO VEINTIDÓS ADMINISTRATIVO DE LA ORALIDAD CIRCUITO JUDICIAL DE BOGOTÁ, D. C. SECCIÓN SEGUNDA, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por JESÚS EDWAR RAMÍREZ BONILLA, bajo el número de Radicación 11001333502220230004800 , ordenó a la CNSC publicar la admisión de la presente acción constitucional con ocasión de la Convocatoria No. 624 al 638 y 980 a 981 de 2018-Sector Defensa. Lo anterior con el propósito de informar a la comunidad en general “Que en el Juzgado 22 Administrativo de Bogotá, cursa la acción de tutela 11001333502220230004800 instaurada por JESÚS EDWAR RAMÍREZ BONILLA, identificado con cédula de ciudadanía Nro. 80.164.205 contra la AGENCIA LOGÍSTICA DE LAS FUERZAS MILITARES y el MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL, en donde se pretende “1. Que se ordene a la Comisión Nacional del Servicio Civil vincular a los funcionarios que participaron dentro de la Convocatoria 624 de 2018 y que hayan sido nombrados previo establecerse el sistema de calificación del desempeño laboral de las entidades pertenecientes al Sector Defensa, la cual, se adoptó bajo la Resolución 3749 de 2022 del Ministerio de Defensa Nacional. 2. Que se ampare mi Derecho al Debido Proceso; la Igualdad; a la administración de justicia y demás principios bajo las cuales se constituyen los concursos de mérito de conformidad a lo establecido en la Constitución Política de Colombia, así como los de los funcionarios que se hayan visto afectados durante el periodo de adopción del sistema de calificación del desempeño, durante el periodo de prueba. 3. Se ordene Ministerio de Defensa Nacional modificar el artículo 7mo literal D, inciso 4 de la Resolución 3749 del 24 de mayo de 2022 a través de la cual se estableció el Sistema Propio de Desempeño Laboral de los Empleados Públicos Civiles y No Uniformados del Sector Defensa; mediante el que se establece, la calificación asignada por defecto, dentro del porcentaje mínimo satisfactorio correspondiente al sesenta y cinco por ciento (65%), por motivo de violación al Derecho al Debido Proceso y en consecuencia sea adecuado e indicado bajo el porcentaje máximo satisfactorio equivalente al noventa por ciento (90%) o superior a este. Equiparándose los derechos de los funcionarios bajo preceptos de IGUALDAD. 4. Que en virtud del mismo, se ordene a la Agencia Logística de las Fuerzas Militares modificar el artículo 7mo literal D, inciso 4 de la Resolución 1282 del 30 de junio de 2022, a través de la cual establece, la calificación asignada por defecto, dentro del porcentaje mínimo satisfactorio correspondiente al sesenta y cinco por ciento (65%), por motivo de violación al Derecho al Debido Proceso y en consecuencia sea adecuado e indicado bajo el porcentaje máximo satisfactorio equivalente al noventa por ciento (90%) o superior a este. Equiparándose los derechos de los funcionarios bajo preceptos de IGUALDAD. 5. Que en virtud de tal motivación, se ordene a la Agencia Logística de las Fuerzas Militares equiparar, modificar y garantizar la calificación del desempeño laboral del suscrito, bajo los preceptos de IGUALDAD Y OPORTUNIDAD, sin que exista diferenciación entro los que se vieron vulnerados durante el periodo de adopción, implementación y/o transición, frente a aquellos que cuentan con la oportunidad de ser evaluados en los dos trimestres, sin que exista la vulneración al derecho al Debido Proceso, toda vez que la calificación definitiva y obtenida está contemplada como clasificatoria para cuestiones de encargos, beneficios educativos y demás usos que se tengan previstos dentro de la Carrera Administrativa, al considerarse que son de carácter excluyente en su aplicación. 6. Se ordene en el término de 48 horas, a la Agencia Logística de las Fuerzas Militares realizar el registro del suscrito al Registro Público de Carrera Administrativa, informando la adecuación de la calificación del desempeño correspondiente al suscrito, la cual, a la fecha es de 71%. 7. Se ordene a la Procuraduría General de la Nación adelantar las acciones disciplinarias correspondientes por motivo de la vulneración al Derecho al Debido Proceso, por incumplimiento de los términos para emitir contestación de los recursos y/o pronunciarse en sede de apelación; omisión que motiva la presente Acción Constitucional, permitiendo que exista la Administración de Justicia, toda vez que el silencio positivo no le es aplicable para situaciones administrativas y/o que resuelvan la transgresión y renuencia por parte de los servidores públicos delegados por parte de la Dirección General de la Agencia Logística de las Fuerzas Militares. 8. De no prosperar la modificación de la Resolución 3749 de 2022 del Ministerio de Defensa Nacional, y la Resolución 1282 de 2022 proferida por parte de la Agencia Logística de las Fuerzas Militares y al no subsanarse la Calificación del Desempeño del suscrito y los demás funcionarios de Carrera Administrativa, se orden a los mismo indemnizar por motivo de vulneración del Derecho al Debido Proceso y el Derecho a la igualdad. 9. Que se ordene al Ministerio de Defensa Nacional equiparar los Derechos de los funcionarios Públicos Civiles y no uniformados de Carrera Administrativa bajo los mismos derechos y preceptos de IGUALDAD contemplados en la Constitución Política de Colombia”, lo anterior de garantizar a las personas indeterminadas, que puedan verse afectadas por lo pretendido, para que intervengan si lo consideran necesario.

Adjunto Tamaño
admitejesusramirez.pdf 150.69 KB
tutelajesusramirez.pdf 1.06 MB
Fecha de publicación:Lun, 06/02/2023 - 07:56
Cumplimiento publicación admisión tutela Angela María Gutiérrez Toro

Se informa que el JUZGADO DIECINUEVE (19) ADMINISTRATIVO DE BOGOTÁ SECCIÓN SEGUNDA, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por Angela María Gutiérrez Toro, bajo el número de Radicación 11001-33-35-019-2023-00029-00 , ordenó a la CNSC publicar la admisión de la presente acción constitucional con ocasión de la Convocatoria No. 624 al 638 y 980 a 981 de 2018-Sector Defensa. Lo anterior con el propósito de notificar a las personas que integran la lista de elegibles conformada a través de Resolución No. 156 del 21 de enero de 2022, para que se pronuncien respecto a la presente acción de tutela.

Adjunto Tamaño
admiteangelagutierrez.pdf 309.88 KB
tutelaangelagitierrez.pdf 277.33 KB
Fecha de publicación:Dom, 05/02/2023 - 23:47
Cumplimiento publicación admisión tutela Vanessa Ovalle

Se informa que el JUZGADO SEXTO CIVIL DEL CIRCUITO DE CARTAGENA, en conocimiento de la acción de tutela, instaurada por VANESSA MARIA OVALLE LOPEZ, bajo el número de Radicación 13001310300620230001300, Resolviendo: VINCÚLESE en calidad de TERCEROS a todas las personas inscritas para la convocatoria al concurso abierto de méritos del PROCESO DE SELECCIÓN NO. 624 DE 2018 - AGENCIA LOGÍSTICA DE LAS FUERZAS MILITARES; con Código OPEC No. 83711, vacante ubicada en la ciudad de Cartagena, para que ejerzan su derecho de defensa y contradicción, pues la decisión que se llegue a adoptar les concierne directamente. Para ello se solicitará a la COMISION NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL que por su intermedio le haga conocer a los concursantes a dicha convocatoria la existencia de ésta acción de tutela para que si a bien lo tienen concurran a la misma a ejercer sus derechos.

Fecha de publicación:Mié, 01/02/2023 - 17:29
Cumplimiento publicación admisión tutela Sandra Liliana Salazar Parra

Se informa que el JUZGADO SEGUNDO PENAL DEL CIRCUITO PARA ADOLESCENTES CON FUNCIONES DE CONOCIMIENTO DE BUCARAMANGA., en conocimiento de la acción de tutela instaurada por SANDRA LILIANA SALAZAR PARRA, bajo el número de Radicación 2023-00005-00, ordenó a la CNSC publicar la admisión de la presente acción constitucional con ocasión de la Convocatoria No. 624 al 638 y 980 a 981 de 2018-Sector Defensa, con el propósito de que los participantes al concurso de méritos, en especial a LOS INTEGRANTES DE LA LISTA DE ELEGIBLES DEL CARGO TÉCNICO DE SERVICIOS, DE INTELIGENCIA O DE POLICÍA JUDICIAL O TÉCNICO PARA APOYO DE SEGURIDAD Y DEFENSA, Código 5-1, Grado 21, identificado con el Código OPEC No. 105890, PROCESO DE SELECCIÓN NO. 637 DE 2018 - EJÉRCITO NACIONAL, y los terceros interesados, conozcan lo debatido y puedan ejercer su derecho de contradicción, si a bien lo tienen a través del despacho judicial.

Fecha de publicación:Mar, 31/01/2023 - 11:09
Resolución No. 342

Por la cual se decide la Solicitud de Exclusión de Lista de Elegibles, presentada por la Comisión de Personal de la Defensa Civil Colombiana respecto de Un (1) elegible, en el Proceso de Selección No. 628 de 2018 en el marco de la Convocatoria Sector Defensa.

Fecha de publicación:Mar, 31/01/2023 - 10:30
Resolución No. 342

Por la cual se decide la Solicitud de Exclusión de Lista de Elegibles, presentada por la Comisión de Personal de la Defensa Civil Colombiana respecto de Un (1) elegible, en el Proceso de Selección No. 628 de 2018 en el marco de la Convocatoria Sector Defensa.

Adjunto Tamaño
resolucion_342_24_de_enero_de_2023.pdf 581.14 KB
Fecha de publicación:Vie, 27/01/2023 - 16:43
Cumplimiento Acción Constitucional Natalia Velasquez

Se informa que el JUZGADO CINCUENTA CIVIL DEL CIRCUITO DE BOGOTÁ, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por NATALIA VELASQUEZ GUERRERO, bajo el número de Radicación 2023-00016, ordenó a la CNSC publicar la admisión de la presente acción constitucional con ocasión de la Convocatoria No. 624 al 638 y 980 a 981 de 2018-Sector Defensa. Lo anterior, con el propósito de que las personas que hacen parte de la lista de elegibles del cargo denominado Auxiliar para el apoyo de Seguridad y Defensa, Código 6, 1, 18 y en general quienes tengan interés en la presente Acción de Tutela puedan ejercer su derecho de contradicción, si a bien lo tienen a través del despacho judicial.

Adjunto Tamaño
admite_natalia.pdf 123.25 KB
demanda_natalia-1-12.pdf 1.75 MB
Fecha de publicación:Lun, 19/12/2022 - 13:19
Cumplimiento publicación admisión tutela Juan Gil

Se informa que el JUZGADO UNICO LABORAL DEL CIRCUITO DE GIRARDOT, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por JUAN CARLOS GIL MOLANO, bajo el número de Radicación 2022-00410-00, ordenó a la CNSC publicar la admisión de la presente acción constitucional dentro del proceso de Selección Convocatoria Número 624 AL 638 - 980 Y 981 DE 2018-SECTOR DEFENSA, OPEC 78590. Lo anterior con el propósito de que los participantes al concurso de méritos, y a todos los terceros con interés en la convocatoria 637 Sector Defensa, a través de la cual la Comisión Nacional del Servicio Civil convoca al concurso abierto de méritos para proveer definitivamente los empleos vacantes de la planta de personal perteneciente al Sistema Especial de Carrera Administrativa del Ejercito Nacional, por AVISO en los términos del artículo 292 del Código General del Proceso, si así lo desean, puedan intervenir y ejerzan su derecho de defensa y contradicción a través del Despacho Judicial, en el termino de 1 día, al correo 
jlctogir@cendoj.ramajudicial.gov.co

Fecha de publicación:Jue, 15/12/2022 - 23:43
Cumplimiento publicación fallo tutela Andres Solarte

Se informa que el JUZGADO CUARTO PENAL DEL CIRCUITO ESPECIALIZADO ITINERANTE DE POPAYÁN, en conocimiento, de la acción de tutela instaurada por ANDRES FELIPE SOLARTE LARA, bajo el número de Radicación 19001310720420224004800, Resolvió: PRIMERO: DECLARAR la carencia actual de objeto por configurarse un hecho superado, de conformidad a lo expuesto en la parte considerativa.
SEGUNDO: DEJAR SIN EFECTOS la medida provisional decretada mediante auto 486 del 1 de diciembre de 2022 emitido por este despacho.
TERCERO: NOTIFICAR la presente decisión a las partes por el medio más oportuno y expedito, de conformidad con lo establecido en el artículo 30 del Decreto 2591 de 1991, advirtiendo que contra ella procede la impugnación dentro de los tres (3) días siguientes a su notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 31 ibídem. CUARTO: ORDENAR a la COMISIÓN NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL -CNSC, como entidad encargada de realizar y desarrollar el concurso, que por medio de la página web destinada a divulgar la información del mismo, se publique la presente providencia para conocimiento de los participantes de la convocatoria mencionada.
QUINTO: REMITIR a la Honorable Corte Constitucional, para su eventual revisión, si este fallo no fuere impugnado.

Adjunto Tamaño
fallo_andres_felipe_solarte_lara.pdf 268.19 KB
Fecha de publicación:Jue, 15/12/2022 - 14:22
Resolución No. 20236

Resolución No. 20236 Por la cual se decide la Solicitud de Exclusión de Lista de Elegibles, presentada por la Comisión de Personal de la Defensa Civil Colombiana, respecto de un (1) elegible, en el Proceso de Selección No. 628 de 2018 en el marco de la Convocatoria Sector Defensa.

Adjunto Tamaño
resolucion_no._20236_defensa_civil.pdf 614.37 KB
Fecha de publicación:Mié, 14/12/2022 - 18:44
Cumplimiento publicación admisión tutela Luz Paredes

Se informa que el JUZGADO NOVENO DE FAMILIA DE ORALIDAD CIRCUITO JUDICIAL DE CALI, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por LUZ DEYCI PAREDES HOYOS, bajo el número de Radicación 2021-00436, ordenó a la CNSC publicar la admisión de la presente acción constitucional con ocasión de la Convocatoria No. 624 al 638 y 980 a 981 de 2018-Sector Defensa, con el propósito de que los aspirantes a la convocatoria en el proceso de selección, ESPECIALMENTE -INTEGRANTES DE LA LISTA DE ELEGIBLES conformada mediante la RESOLUCION No. 2021RES-400.300.24-11587 de noviembre 22 de 2021, Proceso de selección No. 624 de 2018 ? AGENCIA LOGÍSTICA DE LAS FUERZAS MILITARES, ofertó dos (2) vacantes definitivas para proveer el cargo identificado con el Código OPEC 83688, denominado TÉCNICO DE SERVICIOS, DE INTELIGENCIA O DE POLICÍA JUDICIAL O TÉCNICOS PARA APOYO DE SEGURIDAD Y DEFENSA, Código 5-1, Grado 26. y en general quienes tengan interés en la presente Acción de Tutela puedan ejercer su derecho de contradicción, si a bien lo tienen a través del despacho judicial.

Fecha de publicación:Mié, 14/12/2022 - 17:58
Cumplimiento publicación admisión tutela Angela Rosales

Se informa que el  JUZGADO TREINTA Y UNO DE FAMILIA DE BOGOTA D.C., en conocimiento de la acción de tutela instaurada por ANGELA BIBIANA ROSALES GARCIA, bajo el número de Radicación 2022-00853, ordenó a la CNSC publicar la admisión de la presente acción constitucional con ocasión de la Convocatoria No. 624 al 638 y 980 a 981 de 2018-Sector Defensa, con el propósito de que los aspirantes a la convocatoria en el proceso de selección y en general quienes tengan interés en la presente Acción de Tutela puedan ejercer su derecho de contradicción, si a bien lo tienen a través del despacho judicial.
 

Fecha de publicación:Mar, 13/12/2022 - 17:54
Cumplimiento publicación admisión tutela Lindela Galindo

Se informa que el JUZGADO 19 CIVIL DEL CIRCUITO DE BOGOTA., en conocimiento de la acción de tutela instaurada por LINDELIA JOHANNA GALINDO PEDREROS, bajo el número de Radicación 2022-00471-00, ordenó a la CNSC publicar la admisión de la presente acción constitucional dentro del proceso de Selección Convocatoria Número 980 DE 2018, SECTOR DEFENSA. Lo anterior con el propósito de que los participantes al concurso de méritos, en especial a las personas inscritas para la convocatoria No. 20181000009146 del 28 de diciembre de 2018 modificada por el acuerdo 20191000002346 del 14 de marzo de 2019, por el cual se establecen las reglas de la convocatoria de procesos de selección Nos. 624 al 638 - 980 y 981 de 2018 - Sector Defensa, para proveer las vacantes del empleo de carrera identificado con el CODIGO OPEC 46171 denominación 278 PROFESIONAL DE SEGURIDAD O DEFENSA, CÓDIGO 3-1, GRADO 15, SECTOR DEFENSA específicamente en la DIRECCIÓN GENERAL DE SANIDAD MILITAR de la ciudad de BOGOTÁ, y los terceros interesados, si así lo desean, puedan intervenir y ejerzan su derecho de defensa y contradicción a través del Despacho Judicial, en el termino de 1 día. 

Fecha de publicación:Lun, 12/12/2022 - 12:34
Auto No. 983 Por medio del cual se acata una Medida Provisional

Auto No. 983 Por medio del cual se acata una Medida Provisional ordenada por el Juzgado Décimo Laboral del Circuito de Medellín (Antioquia), en el marco de la Convocatoria No. 637 ? Sector defensa

Fecha de publicación:Vie, 09/12/2022 - 15:20
Cumplimiento publicación fallo tutela Camila Monsalve

Se informa que el JUZGADO DÉCIMO DE FAMILIA DEL CIRCUITO DE ORALIDAD DE MEDELLIN, en conocimiento, de la acción de tutela instaurada por CAMILA ANDREA MONSALVE MUNERA, bajo el número de Radicación 05001311001020220059400, Resolvió: PRIMERO: PRIMERO: DECLARAR improcedente la acción de tutela impetrada por CAMILA ANDREA MONSALVE MUNERA, frente a COMISIÓN NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL y EJERCITO NACIONAL, y en los cuales fueron vinculados el MINISTERIO DE DEFENSA, la señora GLORIA CECILIA GARCIA y TODOS LOS TERCEROS INTERESADOS EN LOS HECHOS, por las razones esbozadas en la parte emotiva de esta providencia.
SEGUNDO: Se ORDENA a la CNSC publicar el fallo de la presente acción constitucional en su portal web con ocasión del PROCESO DE SELECCIÓN NO.637 DE 2018 - EJÉRCITO NACIONAL, ello con el fin de poner en conocimiento de todos los terceros interesados y allegar constancia de la publicación.

Adjunto Tamaño
fallo_camila_andrea_monsalve_munera.pdf 548.44 KB
Fecha de publicación:Mié, 07/12/2022 - 18:08
Cumplimiento publicación admisión tutela Leysi Faisury

Se informa que el JUZGADO SEGUNDO CIVIL DEL CIRCUITO ESPECIALIZADO EN RESTITUCIÓN DE TIERRAS DE VILLAVICENCIO (META) , en conocimiento, de la acción de tutela, instaurada por Leysi Faisury Marín Reyes, bajo el número de Radicación50001312100220221011200, ordeno publicar la presente acción constitucional dentro  del Proceso de Selección No. 624 de 2018 Vincular a la presente acción de tutela a las personas que hacen parte de la convocatoria
para proveer el cargo de ?TECNICO DE SERVICIOS, DE INTELIGENCIA O DE POLICIA JUDICIAL O TECNICO PARA APOYO DE SEGURIDAD Y DEFENSA, Código 5-1, Grado 26, identificado con el Código OPEC No. 83745, PROCESO DE SELECCIÓN NO. 624 DE 2018 - AGENCIA LOGÍSTICA DE LAS FUERZAS
MILITARES, del Sistema Especial de Carrera Administrativa del Sector Defensa?

Adjunto Tamaño
tutelaleysifarin.pdf 2.58 MB
leysimarin.pdf 180.58 KB
Fecha de publicación:Mar, 06/12/2022 - 20:34
Cumplimiento publicación fallo tutela Yury Paez


Se informa que el JUZGADO PRIMERO PENAL DEL CIRCUITO DE ARAUCA ? ARAUCA, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por YURY ALEJANDRA PAEZ GOMEZ y CINDY JOHANA VALENZUELA CASTAÑO, bajo el número de Radicación 2022-00126-00, ordenó a la CNSC publicar el fallo proferido en primera instancia con ocasión de la presente acción constitucional dentro del proceso de la Convocatoria No. 624 al 638 y 980 a 981 de 2018-Sector Defensa. Lo anterior con el propósito de que los terceros interesados, si así lo desean, puedan intervenir y ejerzan su derecho de defensa y contradicción a través del Despacho Judicial.

Fecha de publicación:Lun, 05/12/2022 - 21:10
Cumplimiento publicación admisión tutela Andres Solarte

Se informa que el JUZGADO CUARTO PENAL DEL CIRCUITO ESPECIALIZADO ITINERANTE DE POPAYÁN, en conocimiento, de la acción de tutela, instaurada por ANDRES FELIPE SOLARTE LARA, bajo el número de Radicación 19001310720420224004800, Resolvió: VINCULAR al presente trámite a los terceros interesados que se encuentren participando del concurso de méritos denominado Proceso de Selección No. 624 de 2018 ? Agencia Logística de las Fuerzas Militares, empleo denominado TECNICO DE SERVICIOS, DE INTELIGENCIA O DE POLICIA JUDICIAL O TECNICO PARA APOYO DE SEGURIDAD Y DEFENSA, Código 5-1, Grado 26, identificado con el Código OPEC No. 83741.

Fecha de publicación:Lun, 05/12/2022 - 19:51
Cumplimiento publicación admisión tutela Joiner Abelardes

Se informa que el JUZGADO QUINCE ADMINISTRATIVO DEL CIRCUITO JUDICIAL DE CALI, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por JOINER MIGUEL ANGEL ABELARDES MUÑOZ, bajo el número de Radicación 76001333301520220027700, ordenó a la CNSC publicar la admisión de la presente acción constitucional dentro del proceso de Selección Convocatoria Número 624 AL 638 - 980 Y 981 DE 2018-SECTOR DEFENSA, OPEC 78590. Lo anterior con el propósito de que los terceros interesados, si así lo desean, puedan intervenir y ejerzan su derecho de defensa y contradicción a través del Despacho Judicial.