Provisión de empleos temporales, debe tener en cuenta: las listas de elegibles, el encargo de servidores de carrera y los procesos de selección que realice cada entidad

21 Noviembre 2022
Provisión de empleos temporales, debe tener en cuenta: las listas de elegibles, el encargo de servidores de carrera y los procesos de selección que realice cada entidad
Comisionado Mauricio dando una charla a varias personas en un auditorio

La CNSC participó en el “Encuentro Nacional para la Formalización del Empleo Público en Equidad”

Durante el evento, el Comisionado Mauricio Liévano, y Edna Patricia Ortega, Directora de la Dirección de Administración de Carrera Administrativa (DACA), hablaron de la provisión de empleos temporales. 

Esta provisión se hará primero teniendo en cuenta las listas de elegibles de cada entidad, luego el encargo como derecho de carrera y como tercera medida, un proceso de selección que lideraría cada entidad. 

Lunes, 21 de noviembre de 2022. La Comisión Nacional del Servicio Civil -CNSC- participó en el “Encuentro Nacional para la Formalización del Empleo Público en Equidad”, evento liderado por el Departamento Administrativo de la Función Púbica. 

El Dr. Mauricio Liévano, Comisionado de la CNSC, y Edna Patricia Ortega, Directora de la Dirección de Administración de Carrera Administrativa (DACA), hablaron de la provisión de empleos temporales en el sector público. 

El Comisionado Mauricio Liévano resaltó que “la mejor forma de formalizar el empleo público es el fortalecimiento de la carrera administrativa con la creación de empleos de esta naturaleza” y al respectó indicó “Gracias al trabajo realizado por la Comisión en articulación con las entidades, podemos mostrarle al país resultados significativos de lo que ha sido la provisión del empleo público a través del mérito. Desde su creación hace 18 años, la CNSC ha realizado más de 90 procesos de selección agrupados, que son alrededor de 2.000 convocatorias, con las cuales hemos provisto más de 300.000 vacantes de carrera en el país y tenemos en este momento más de 15.000 listas de elegibles con más de 177.000 elegibles.”

Para que el mérito se siga posicionando en este proceso de formalización del empleo público a través de la creación de plantas temporales, las entidades públicas deben tener en cuenta que estas, de conformidad con lo señalado en la normatividad vigente, se proveen en el siguiente orden: i) uso de las listas de elegibles que tengan vigentes (previa autorización de la CNSC), ii) el encargo de servidores de carrera y; iii) los procesos de selección que realice cada entidad. 

Al respecto, Edna Patricia Ortega, puntualizó y precisó los aspectos a tener en cuenta para la provisión de tales empleos a través del uso de las listas de elegibles de las entidades, así mismo se refirió al segundo orden como un derecho de los servidores de carrera administrativa susceptible de ser reclamado, y finalmente señaló respecto al tercer orden, que la CNSC no tiene injerencia alguna, siendo responsabilidad de cada Entidad. 

El “Encuentro Nacional para la Formalización del Empleo Público en Equidad” estaba dirigido a los secretarios generales, Jefes de Talento Humano, Jefes de Control Interno y Jefes de Planeación de las entidades estatales y durante este, se dieron lineamientos, orientaciones y herramientas para el proceso de formalización; también, se hizo la presentación de la guía metodológica para la creación de plantas temporales, así como su forma de provisión.

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