AUTO № 358 del 15 de septiembre del 2025

Por medio del cual se deja sin efectos el Auto No. 235 del 25 de julio de 2025, con ocasión al fallo de segunda instancia proferido por el Tribunal Superior de Manizales- Sala de Decisión Penal, dentro de la Acción de Tutela radicado No. 170013104003 2025 00135 01, instaurada por el señor ANDERSON LEANDRO LEÓN VELARDE en el marco del Proceso de Selección - Contralorías Territoriales.

Documento asociado

Cumplimiento publicación tutela CLARA AIDEE AMAYA ROMERO

Se informa que el JUZGADO SEGUNDO ADMINISTRATIVO DEL CIRCUITO DE SOGAMOSO en conocimiento de la acción de tutela instaurada por CLARA AIDEE AMAYA ROMERO, bajo el número de radicación 15759333300220250020400, Resolvió: ORDENAR a la Comisión Nacional del Servicio Civil “CNSC, que en el término improrrogable de un (1) día, publique en la página web institucional de la entidad, el escrito de tutela, sus anexos, y la presente providencia, y remitir copia de dichos documentos a los correos electrónicos a los integrantes de la lista de elegibles de la OPEC 198365 correspondiente al empleo denomina

Cumplimiento publicación tutela JHON FREDY TORRENTE PUENTES

SE INFORMA QUE, JUZGADO TREINTA Y CINCO (35) ADMINISTRATIVO DEL CIRCUITO JUDICIAL DE BOGOTÁ - SECCIÓN TERCERA -, DENTRO DE LA ACCIÓN DE TUTELA INTERPUESTA POR JHON FREDY TORRENTE PUENTES, BAJO EL NÚMERO DE RADICACIÓN NO.

Cumplimiento publicación tutela JORGE ANDRES DELGADO LOPEZ

Se informa que el JUZGADO SEGUNDO DE FAMILIA DE FLORENCIA - CAQUETA; en conocimiento de la acción de tutela instaurada por JORGE ANDRES DELGADO LOPEZ, bajo el número de 2025-00244, ordenó a la CNSC publicar El Fallo proferido en primera instancia con ocasión de la presente acción constitucional dentro DEL PROCESO DE SELECCIÓN No. 2408 A 2434 TERRITORIAL 8 DE 2022.

Cumplimiento publicación tutela Jahyl Francisco Hernández Trujillo

Se informa que el Juzgado Segundo Administrativo Oral del Circuito de Arauca, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por Jahyl Francisco Hernández Trujillo, bajo el número de Radicación 81-001-33-33-002-2025-00275-00, ordenó a la CNSC publicar la admisión de la presente acción constitucional dentro del proceso de la Contralorías Territoriales 2024. Lo anterior con el fin de vincular a los participantes que continúan en el proceso de selección “Contralorías Territoriales 2024”.

Cumplimiento publicación tutela MARILYN PATIÑO MEJIA

Se informa que el JUZGADO TERCERO CIVIL DE CIRCUITO DE ENVIGADO, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por MARILYN PATIÑO MEJIA, bajo el número de Radicación 05266-31-03-003-2025-00405-00, ordenó a la CNSC publicar el fallo de tutela de la presente acción constitucional con ocasión del Proceso de Selección Antioquia 3. Lo anterior con el propósito de enterar de la decisión a los Participantes del Proceso de Selección OPEC 223569 de la Alcaldía de Sabaneta.

Documento asociado

Cumplimiento publicación tutela YISETH ALEXANDRA BUITRAGO SALAZAR

Se informa que el JUZGADO CUARTO PENAL DEL CIRCUITO CON FUNCIÓN DE CONOCIMIENTO FLORENCIA – CAQUETÁ, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por YISETH ALEXANDRA BUITRAGO SALAZAR, bajo el número de Radicación 18-001-31-09-004-2025-00101-00, ordenó a la CNSC publicar la admisión de la presente acción constitucional con ocasión del Proceso de Selección 2669 SENA 4. Lo anterior con el propósito de que los terceros interesados, y participantes al concurso de méritos, si así lo desean, puedan intervenir y ejerzan su derecho de defensa y contradicción a través del Despacho Judicial.

Cumplimiento publicación tutela ADRIANA MILENA OLARTE ABELLO

Se informa que, el JUZGADO CINCUENTA Y TRES (53) ADMINISTRATIVO DEL CIRCUITO JUDICIAL DE BOGOTÁ D.C. - SECCIÓN SEGUNDA-ORAL, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por ADRIANA MILENA OLARTE ABELLO, bajo el número de Radicación No. 2025-00345, ordenó a la CNSC publicar el Auto Admisorio con ocasión de la presente acción constitucional dentro PROCESO DE SELECCIÓN ENTIDADES DE ORDEN NACIONAL - NACIÓN 6. Lo anterior con el propósito de que los terceros interesados, si así lo desean puedan intervenir y ejerzan su derecho de defensa y contradicción a través del Despacho Judicial.